viernes, 18 de mayo de 2007

Estrategias para resolver conflictos

Fuente: newsletter sitiomipyme-Prevencion ART

Fuente: Suplemento Pyme - Diario Clarín


La sola mención del término “conflicto” genera incertidumbre y con el correr del tiempo, costos económicos. En la práctica, toda pequeña y mediana empresa transitó en alguna etapa de su corta o larga trayectoria por un estadio crítico.
El nivel gerencial y hasta el dueño de la empresa toman cartas en el asunto. Se inicia entonces un espiral ascendente: desgaste emocional, un rojo en las cuentas y la amenaza latente de fracasar en el intento. Para frenar esa carrera, en general la dirección de las Pymes opta por dos salidas: abandona cualquier intento de resolución, aún a costa de pérdidas, o recurre a la vía judicial, un camino sin retorno y cuyo desenlace no estará definido hasta dentro de tres a cinco años.



Metodología alternativa


Existe en la Argentina una metodología alternativa para que las Pymes puedan cobrar una deuda, reestablecer las condiciones contractuales o reorganizar el esquema societario, siempre en un marco de cofidencialidad. La mediación y, en una instancia superior, el arbitraje, son herramientas viables para la contención y hasta la resolución de los conflictos, alternativas a la vía judicial, con la ventaja de reducir tiempos y costos.
Aunque son mayoría los conflictos con proveedores y clientes, las cuestiones societarias no quedan al margen.

El arbitraje

“La mediación permite a la Pyme encontrar una solución dependiendo de la voluntad de la otra parte. Es la forma más barata de resolver un conflicto, pero no es siempre posible”, admite Fernando Aguilar, Director de Procedimiento del CEMARC (Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara Argentina de Comercio -CAC-) Es entonces cuando incorpora la noción de arbitraje: “Si las partes no llegaran a un acuerdo, la Pyme se puede ver obligada a afrontar los costos de un juicio que son, en general, prohibitivos porque no existe una adecuada proporción entre el riesgo asumido y el eventual beneficio de una sentencia favorable. Por ello, es conveniente incluir en todos los contratos una cláusula de arbitraje que permitirá ejercer sus derechos en una forma menos onerosa que mediante un juicio en los tribunales”.
El comentario de Aguilar alude a “modelos” de cláusulas que los centros de mediación y arbitraje que operan en el país ponen a disposición de las Pymes en forma gratuita, y a los que se puede acceder mediante los sitios web o acudiendo a las oficinas de atención. Tienen una redacción breve y concreta, actúan a modo preventivo y permiten allanar el camino hacia esas metodologías alternativas, una vez que el conflicto estalló en la empresa.
En ese caso, habrá que recurrir a los centros privados, colegiados o a las cámaras del sector para pedir asesoramiento.
Según lo establezca el reglamento correspondiente, el primer requisito será completar (vía Internet o en forma personal) una solicitud de mediación o arbitraje, con cuestiones básicas de la entidad que requiere el servicio, y de la contraparte (como razón social, CUIT, domicilio, datos del representante legal), además de notificarse de la normativa que rige a esa institución o asociación civil. Por ello, es clave que el empresario Pyme o el comerciante se informe sobre los centros disponibles en su ámbito; las cámaras (empresarial, industrial, de comercio), los consejos profesionales (de abogados, escribanos, economistas); además de los centros privados y consultoras que integran la vasta oferta de este servicio. Esos centros tienen sus propios reglamentos que fijan procedimiento, plazos, y honorarios, y una nómina de mediadores y árbitros habilitados.


Para mayor información consultar en:

- CEMARC-CAC: Tel.: (011) 5300-9061; www.cac.com.ar; cemarc@cac.com.ar
- CACE : Tel. : (011) 5917-7435 ; www.cace.org.ar; contacto@cace.org.ar